Auto Supremo AS/0475/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2018-RA

Fecha: 29-Jun-2018

Los arts


Los arts. 416 y 417 del CPP, conforme a lo expuesto en el acápite anterior de la presente resolución, requieren que el recurso de casación, para su admisión no sólo invoque los precedentes contradictorios, sino también se establezca la contradicción y que los precedentes contengan doctrina legal aplicable; por ello, de la revisión de los argumentos del recurso de casación, es evidente que la recurrente cumple con la carga de invocar los precedentes, así como el alegar su contradicción, ya habiéndose procedido de esa manera, corresponde admitir el presente motivo en análisis a los fines de establecer la contradicción de los Autos Supremos 411 de 20 de octubre de 2006 y 051/2013-RRC de 1 de marzo, traídos en calidad de precedentes, con el Auto de Vista impugnado para determinar la certeza o no de lo recurrido en casación