Auto Supremo AS/0491/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0491/2018

Fecha: 13-Jun-2018

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2. Expusieron que los peritos en el marco de lo establecido por el PRAHS la división es posible técnica y legalmente según los arts. 40 y 41 del reglamento PRAHS, al confirmar la Sentencia cuyo remate del inmueble se dispone conforme el art. 676 del Código de Procedimiento Civil con relación a los arts. 1241 y 1242 del Código Civil incurrió en parcialización de los informes periciales, ratificando únicamente lo que indica el informe PRHS que el inmueble al estar catalogado en la categoría “B” no es susceptible a ninguna división física y que la división procede si los propietarios delimitan claramente sus ambientes y dejan áreas comunes, indicaron que para ambos peritos la división es procedente, empero lo que no significa que la división sea inviable técnica y legalmente como concluyen las autoridades