Auto Supremo AS/0545/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0545/2018

Fecha: 28-Jun-2018

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2.- En cuanto a la entrega del vehículo descrito en el considerando III numeral 4 del auto de vista, o sea la falta de posesión del bien, señala que su madre sentó denuncia ante el fiscal de turno adscrito a DIPROVE debido a que el demandante tenía a su disposición el motorizado circunstancialmente y ante el pedido de devolución que le hicieron del vehículo señaló que fue robado.
3.- Aduce que es de conocimiento público que todo vehículo adquirido directamente de la distribuidora autorizada tiene un costo real y el monto referido en el auto de vista es del año 1995, el cual se ha depreciado con el paso del tiempo y por ende disminuido su precio, sobre todo si el vehículo le fue entregado sin carrocería toda vez que la embotelladora lo retuvo por ser de su propiedad, por lo que existe una errónea valoración de la prueba por parte del Tribunal de alzada