IV
CONSIDERANDO IV: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
IV.1. Los primeros tres puntos de controversia, tienen como fundamento neurálgico observar que el auto de vista no aprecio que: I) El código de Transito permite la transferencia del dominio a través de diferentes actos, como es el caso de la venta con pacto de rescate, II) En cuanto a la falta de posesión del vehículo refiere que su madre sentó denuncia por robo al Fiscal de turno ante la afirmación y el conocimiento de que el motorizado ha sido robado y III) Sobre el valor del vehículo, precisa que el monto citado en el resolución de segunda instancia corresponde a la gestión 1995, habiendo en la actualidad disminuido en su precio, máxime si el vehículo se le entrego sin carrocería toda vez que la embotelladora la retuvo por ser de su propiedad
IV.1. Los primeros tres puntos de controversia, tienen como fundamento neurálgico observar que el auto de vista no aprecio que: I) El código de Transito permite la transferencia del dominio a través de diferentes actos, como es el caso de la venta con pacto de rescate, II) En cuanto a la falta de posesión del vehículo refiere que su madre sentó denuncia por robo al Fiscal de turno ante la afirmación y el conocimiento de que el motorizado ha sido robado y III) Sobre el valor del vehículo, precisa que el monto citado en el resolución de segunda instancia corresponde a la gestión 1995, habiendo en la actualidad disminuido en su precio, máxime si el vehículo se le entrego sin carrocería toda vez que la embotelladora la retuvo por ser de su propiedad
- CONSIDERANDO I
- Contra la referida determinación Raúl Mancilla Córdova de fs
- CONSIDERANDO II
- 3
- 4
- Señala que el recurso no precisa que normas han sido erróneamente interpretadas, o en que
- CONSIDERANDO III
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- Principios que rigen en materia civil, y orientan a los juzgadores en la labor valorativa
- La primera de esas directrices son denominadas como “reglas de la lógica”; sobre la misma
- La tercera directriz, relativo a la ciencia o “conocimiento científico”, refiere a los saberes técnicos,
- III.2. De la producción de prueba en etapa casaciónal
- La vasta jurisprudencia emitida por la extinta Corte Suprema de Justicia con lo la cual
- Habrá que señalar como característica esencial de este recurso extraordinario, es que no se trata
- Del citado antecedente podemos concluir que al ser asemejado el recurso de casación a una
- IV
- Sobre los referidos reclamos, el recurrente no precisa en base a que medios probatorios acredita
- Cabe precisar que lo acusado no es correcto, porque conforme al criterio vertido en la
- Por lo que al no existir reclamos que posibiliten la modificación de la resolución de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
