Luis Fernando
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 553/2018-RA
Sucre: 28 de junio de 2018
Expediente: LP – 80 – 18 – S
Partes: Manuel Vicente Peñaranda Ergueta. c/ Jorge Andrés Peñaranda Muñoz y
Luis Fernando Peñaranda Ormachea
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 553/2018-RA
Sucre: 28 de junio de 2018
Expediente: LP – 80 – 18 – S
Partes: Manuel Vicente Peñaranda Ergueta. c/ Jorge Andrés Peñaranda Muñoz y
Luis Fernando Peñaranda Ormachea
- Luis Fernando
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 3
- 1.De la resolución impugnada
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la Legitimación procesal
- 4.Del contenido del recurso de casación
- b)El Auto de Vista confirmatorio infringe los principios procesales de seguridad jurídica, transparencia, legalidad y
- a)Que el Auto de Vista no ha valorado, tampoco examinado ni confrontado las pruebas de
- b)El Tribunal de Alzada ha infringido la norma contenida en el art
- c)El Auto de Vista ha infringido lo dispuesto por el art
- En tal sentido, solicita la emisión de un auto supremo que anule obrados y/o case
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
