En ese contexto, el resguardo del derecho al debido proceso no solamente es exigible dentro
En ese contexto, el resguardo del derecho al debido proceso no solamente es exigible dentro de los procesos judiciales, sino también abarcan a los procesos administrativos, en razón a que la Constitución Política del Estado lo consagra como un principio, un derecho y una garantía (triple dimensión), esto debido a la naturaleza y sus elementos constitutivos como instituto jurídico y mecanismo de protección de los derechos fundamentales que le faculta a todo ciudadano afectado, exigir del Estado un juzgamiento imparcial y justo, ante un juez responsable, competente e independiente, puesto que el Estado no sólo está obligado a proveer la prestación jurisdiccional, sino que está obligado a proveerla bajo determinadas garantías mínimas que le aseguren tal juzgamiento imparcial y justo, mediante decisiones debidamente motivadas y fundamentadas
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Sentencia Nº 31 de 9 de junio de 2010
- Presentado el proceso contencioso tributario por la empresa MADEPA S
- Auto de Vista Nº 03 de 18 de enero de 2017
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN Y PETITORIO
- Casación en la forma
- Casación en el fondo
- El recurrente solicita anular el Auto de Vista impugnado, disponiendo que el Tribunal de Alzada
- III. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL PERTINENTE
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Consagrado por el art
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- En ese contexto, el resguardo del derecho al debido proceso no solamente es exigible dentro
- Por su parte, la SC 0281/2010-R de 7 de junio, establece que: “Como se puede
- El principio de verdad material previsto en el art
- Además, el entendimiento jurisprudencial desarrollado por Sala Plena de éste Tribunal en la Sentencia 238/2013
- El art
- El tratadista Juan Carlos Cassagne manifiesta: “…En el procedimiento administrativo, el órgano que lo dirige
- Sobre los medios fehacientes de pago de una transacción
- Se entiende por medio fehaciente de pago, según lo desarrollado por la doctrina tributaria, y
- Así definido el medio fehaciente de pago, resulta claro que, tanto el sujeto pasivo o
- Por su parte, el art
- En ese contexto, a efectos devolución impositiva, existen documentos que sirven de respaldo como medios
- Al respecto, del latín transactio, transacción es un término definido por el diccionario de la
- IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- La controversia en el presente recurso de casación en la forma y en el fondo
- En cuanto al recurso de casación en la forma, de la revisión y análisis del
- En consecuencia, no existe incumplimiento del art
- Por lo expuesto, se concluye que el Tribunal de apelación no incurrió en la vulneración
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
