De la jurisprudencia glosada líneas arriba, se concluye que la fundamentación y motivación de las
De la jurisprudencia glosada líneas arriba, se concluye que la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales no se traducen en una exigencia de extensión o simplemente de forma, sino más bien esencialmente se refieren a los aspectos de fondo donde el Juez o Tribunal de una forma imparcial, deben expresar en su resolución los hechos, pruebas y normas en función de las cuales adopta su posición, además de explicar las razones por las cuales valora los hechos y pruebas de una manera determinada y el sentido de aplicación de las normas
- Materia: Compensación de Cotizaciones
- Magistrada Relatora: Dra. María Cristina Díaz Sosa
- I: ANTECEDENTES PROCESALES
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR
- Mediante Resolución Nº 2992 de fecha 20 de abril de 2017 cursante a fs
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- En virtud de ello, la representante legal del asegurado la Sra
- Ante la determinación del Auto de Vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto representado
- En la forma
- En el fondo
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia; que en la forma declare la NULIDAD
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- En consideración de los argumentos expuestos por la recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Entre los componentes primordiales que rige el debido proceso como garantía constitucional de protección del
- La obligación de fundamentar las resoluciones también es aplicable a las resoluciones que resuelven apelaciones,
- De la jurisprudencia glosada líneas arriba, se concluye que la fundamentación y motivación de las
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- En el análisis del caso debemos manifestar que, de la normativa legal y la jurisprudencia
- Los fundamentos antes anotados, son congruentes con la parte dispositiva de la resolución de vista
- En ese contexto de análisis, de los antecedentes del proceso se advierte que el interesado
- De igual manera, se observa a fs
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
