Auto Supremo AS/0379/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2018

Fecha: 27-Jul-2018

Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni

Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni vulnera ninguna norma, por el contrario se ajusta a las disposiciones legales en vigencia, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, por lo que corresponde resolver en el marco de la disposición legal contenida en el art. 220.II del Código Procesal Civil, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 55.III del D.S. Nº 822 Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley 065 de Pensiones