Por lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido al revocar la Resolución
Por lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido al revocar la Resolución Nº 486/17 de fecha 25 de agosto de 2017 y ordenar al SENASIR la restitución de la renta de viudedad otorgada a favor de Albino Ávalos Peña, aplica de manera coherente los arts. 45 de la CPE, 52 del CSS, 32 y 34 del Manual de Prestaciones, por cuanto se acomodan al derecho que le asiste al demandante a percibir la renta de viudedad en su condición de esposo de la causante de la renta Rose Mary Argote Arauco; con la debida aclaración que el objeto de la Litis fue el reconocimiento del derecho social de la renta de viudedad de Albino Ávalos Peña, no así de nulidad o anulabilidad de matrimonio o finalmente de divorcio
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- Auto de Vista
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- Concluye con el petitorio, pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia Case el Auto de
- Por su parte, el demandante, a fs
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- La Sentencia Constitucional Plurinacional 55/2013 de 11 de enero, establece como entendimiento sobre el derecho
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- En ese entendimiento, se advierte que el derecho a la renta de viudez o viudedad,
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- Por lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido al revocar la Resolución
- Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
