Auto Supremo AS/0392/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2018

Fecha: 27-Jul-2018

Si bien la norma aplicable a la seguridad social, no obliga al ente gestor a

Si bien la norma aplicable a la seguridad social, no obliga al ente gestor a pedir previamente la anulación del vínculo matrimonial para posteriormente proceder a la suspensión o denegatoria de la renta; tampoco deja de ser evidente que, al constituirse el SENASIR en una instancia administrativa de decisión, vinculada a derechos fundamentales de los ciudadanos, sus decisiones deben obedecer a un análisis riguroso y razonable de los hechos para la posterior aplicación de la Ley al caso concreto, empero, no como simples aplicadores del derecho, sino y sobre todo, como autoridades que en representación del Estado, emitan decisiones en sujeción a los contenidos, postulados y principios constitucionales que ahora son de forzosa aplicación, tales como, de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, de favorabilidad, pro homine y efectividad, entre otros, siempre en busca de la justicia material; más si tomando en cuenta que la sociedad boliviana se rige por principios y valores, conforme se tiene establecido en los arts. 8, 9 y 45.II de la CPE; máxime cuando, como en el caso en análisis, comprenden un sector de alta vulnerabilidad y por tanto de protección reforzada por parte del Estado