Auto Supremo AS/0515/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

Refiere que el Auto Supremo 635 de 20 de octubre de 2004, se relaciona con


Refiere que el Auto Supremo 635 de 20 de octubre de 2004, se relaciona con el caso presente debido a que en el Auto de Vista motivo del presente recurso; señala que al dictar Sentencia el Tribunal valoró no solo la prueba testifical con nombre erróneo, sino varios elementos de prueba literales no introducidas legalmente al juicio por lo que corresponde al ser un defecto absoluto conforme reconoce el mismo Auto en una de sus partes; correspondiendo en consecuencia, al Tribunal de Sentencia percatarse y velar por el debido proceso y no así permitir el ingreso de la prueba sin que cumpla las formalidades previstas por Ley dejando al imputado en un estado de indefensión ameritando; en consecuencia, conforme señala el Auto de Vista cuando refiere que al Tribunal de alzada no le está permitido revisar cuestiones de hecho ya valoradas por los jueces inferiores, sino garantizar el debido proceso. Razón por la cual, en aplicación de lo previsto por el 413 del CPP, si se percibe que en la fase del juicio hubo errónea valoración de las pruebas, no corresponde una nueva valoración de las mismas, sino anular la Sentencia y disponer que se proceda a la sustanciación de otro juicio por otro Juez o Tribunal de Sentencia