Auto Supremo AS/0515/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

Refiere que los Autos Supremos 646 de 21 de octubre de 2004 y 726 de


Refiere que los Autos Supremos 646 de 21 de octubre de 2004 y 726 de 26 de noviembre de 2004, de los cuales transcribe la parte que creyó pertinente que correspondería a la doctrina legal emitida sobre el entendimiento de los defectos absolutos comprendidos en el art 169 inc. 3) del CPP. Al respecto, también invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 524 de 20 de septiembre de 2004, 473 de 23 de septiembre de 2003, 25 de 21 de octubre de 2003, 285 del 29 de julio de 2002, 522 de 23 de octubre de 2001, 272 de 19 de mayo de 2001, 414 de 3 de agosto de 2004, 316 de 13 de junio 2003, 437 de 7 de noviembre de 2002, 236 de 30 de abril de 2003, 431 de 7 de noviembre de 2002, 279 de 29 de julio de 2002, 455 de 17 de septiembre de 2001 y 420 de 17 de agosto de 2000. De los cuales, señala que evidencian que existe contradicción entre los hechos probados y la parte resolutiva de la Sentencia y entre la culpabilidad; ya que, debe existir correlación entre los hechos fácticos con lo analítico en la fijación de la pena, afectando la estructura de la Sentencia, caso contrario constituye un vicio absoluto que atenta al derecho a la defensa y al debido proceso, estableciéndose que cuando se evidencian violaciones flagrantes al procedimiento y defectos absolutos insubsanables en el Auto recurrido, por lo que señala que el Tribunal de casación está en el deber de enmendar dichos actos para reencaminar el debido proceso correspondiendo dejar sin efecto el fallo recurrido