Auto Supremo AS/0548/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

En los supuestos que dichas condiciones no sean cumplidas, el Tribunal de apelación se encuentra

 
En los supuestos que dichas condiciones no sean cumplidas, el Tribunal de apelación se encuentra obligado a poner en conocimiento del recurrente la identificación de esas falencias, así como describir, cuales fueran las cuestiones que el recurrente en el marco de la norma debe corregir o absolver, sin que ello signifique pueda variarse, modularse, modificarse o añadirse otros motivos recursivos; esto significará, la aplicación del art. 399 del CPP y consiguientemente haberse garantizado suficientemente el derecho de acceso al recurso