Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los
Por otro lado, según disposición contenida en el art. 394 del CPP, se expresa que: “Las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por este Código”; exigiendo en el examen de admisibilidad el control de los límites que la norma adjetiva penal determina. Dentro de este marco normativo las cuestiones incidentales presentadas durante la audiencia de juicio oral y público, entre ellas, los incidentes de exclusión probatoria, resueltas de manera previa o en sentencia (conforme el art. 345 del CPP), únicamente pueden ser recurribles en apelación incidental, cuya base legal se sujeta al art. 403 del CPP, debido a que el recurso de casación es admisible ante Autos de Vista que resuelven aspectos concernientes a una sentencia, y sobre aspectos de fondo de un caso específico de identidad penal; así lo refiere el art. 407 del CPP que indica “El recurso de apelación restringida será interpuesto por inobservancia o errónea aplicación de la ley” (…) “Este recurso sólo podrá ser planteado contra las sentencias y con las limitaciones establecidas.”
Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los arts. 416 al 420 del CPP, el Auto Supremo 397 de 23 de julio de 2004, señaló que: "De conformidad con el art. 416 concordante con el art. 50 del Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación es procedente para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores que resuelvan las apelaciones restringidas interpuestas contra las sentencias de primera instancia", entendimiento que fue reiterado en el Auto Supremo Nº 628 de 27 de noviembre de 2007, precisando que: "...el recurso de casación únicamente procede para impugnar autos de vista dictados por las cortes superiores en ejercicio de la competencia reconocida por el art. 51 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal, es decir, en la sustanciación y resolución del recurso de apelación restringida que procede exclusivamente respecto a Sentencias emergentes de juicios sustanciados ante el tribunal de sentencia y juez de sentencia o como consecuencia de la aplicación del procedimiento abreviado por parte del juez de instrucción"
- Por memorial presentado el 2 de abril de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Fidel Cuyo Antonio, formuló recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 23 de marzo de 2018 (fs
- Del memorial de recurso de casación, se extraen lo siguientes motivos
- Con relación a los agravios denunciados sobre el tratamiento efectuado a las exclusiones probatorias, constitutivo
- Arguye sobre el art
- En este contexto, el art
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- En el primer motivo, el recurrente reclama agravios sobre el tratamiento efectuado a las solicitudes
- Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los
- Asimismo, el Auto Supremo 712/2016 de 19 de septiembre, ratifica este razonamiento indicando que: “En
- En el caso presente, el impugnado Auto de Vista de 14 de julio de 2017,
- Respecto al segundo motivo el recurrente denuncia agravios sobre defectos de la Sentencia establecidos en
- Asimismo, este Tribunal ha establecido los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de un
- Finalmente en el tercer motivo, el recurrente denuncia agravios sobre defectos de la Sentencia establecidos
- Sin embargo, cumple los requisitos de flexibilización, ante la denuncia de falta de debida fundamentación,
- Regístrese, hágase saber y cúmplese
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
