Auto Supremo AS/0595/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 9/2013 de 12 de abril (fs. 738 a 761), el Tribunal Primero de Sentencia de Cochabamba, declaró a Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi y Gustavo Osvaldo Navia Mallo, autores de la comisión del delito de Conducta Antieconómica, previsto y sancionado por el art. 224 del CP, imponiendo la pena de reclusión de cinco años al primero y de tres años al segundo, con costas a favor del Estado y de la víctima una vez que la Sentencia adquiera ejecutoria.

Contra la referida Sentencia, los defensores de oficio de Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi (fs. 839 a 875) y el imputado Gustavo Osvaldo Navia Mallo (fs. 884 a 911), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista de 27 de noviembre de 2017, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos y confirmó la sentencia apelada.

Por diligencias de 22 de marzo de 2018 (fs. 1078), fueron notificados los recurrentes con el Auto de Vista de 15 de marzo (fs. 1077), emergente de solicitud de Enmienda y Complementación; y, el 20 del mismo mes y año, formularon los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad