De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 23/2017 de 5 de julio (fs. 161 a 183), el Tribunal Primero de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Annel López Velasco, absuelto de pena y culpa del delito de Privación de Libertad; asimismo, la declaró culpable de la comisión del delito de Engaño a Persona Incapaz, previsto y sancionado por el art. 342 del CP, imponiendo la pena de siete años de privación de libertad, a ser cumplida en el penal de San Roque.
Contra la mencionada Sentencia, la imputada Annel López Velasco, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 237 a 256), que fue resuelto por Auto de Vista 146/2018 de 10 de abril, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado, manteniendo incólume la Sentencia apelada.
Por diligencia de 19 de abril de 2018 (fs. 299), la recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista; y, el 26 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 26 de abril de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- Como primer motivo denuncia la contradicción del Auto de Vista impugnado con los Autos Supremos
- Como segundo motivo denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización probatoria, constituyendo en
- Con relación al tercer motivo, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de
- Asimismo, cumpliendo el requisito de detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
