Jiménez
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 602/2018
Fecha. 10 de julio 2018
Expediente: B-19-17-S
Partes: Wilter Francisco Chumacero Pizo. c/ María del Carmen Zeballos de
Jiménez. Proceso: Resolución de contrato transaccional y comercial por incumplimiento en la entrega del producto y devolución de dinero con interés como parte de la calificación de daños y perjuicios: Distrito: Beni
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 602/2018
Fecha. 10 de julio 2018
Expediente: B-19-17-S
Partes: Wilter Francisco Chumacero Pizo. c/ María del Carmen Zeballos de
Jiménez. Proceso: Resolución de contrato transaccional y comercial por incumplimiento en la entrega del producto y devolución de dinero con interés como parte de la calificación de daños y perjuicios: Distrito: Beni
- Jiménez
- CONSIDERANDO I
- En relación a que la demanda es imprecisa porque en su parte primera aparece como
- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 645/2015 L de 5 de agosto, refirió sobre los principio
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- Una vez incorporada legalmente a los autos debe tenérsela en cuenta para determinar la existencia
- El fin del proceso es la realización del derecho mediante la aplicación de la ley
- De ahí que no importe quien las haya propuesto o practicado
- CONSIDERANDO IV
- Sin costas y costos al recurrente
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
