En el caso de Autos, se evidencia que el recurso planteado de fs
En el caso de Autos, se evidencia que el recurso planteado de fs. 595 a 598 y vta., no cumple con la técnica recursiva pertinente, tampoco se ajusta a los requisitos y condiciones expresamente señalados en el art. 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, toda vez que las recurrentes, en el punto I de su recurso denominado “procedencia del recurso”, señalan que plantean recurso de casación en el fondo con la finalidad que se case y/o anule la resolución de primera instancia, obviando por completo, lo desarrollado en el parágrafo anterior, pues las recurrentes confunden las finalidades que persiguen tanto el recurso de casación en la forma como en el fondo, pues al recurrir en el fondo, debieron solicitar se case el Auto de Vista, empero solicitan que se case y/o anule la resolución de primera instancia, cuando en realidad lo que se pretende con el recurso de casación en el fondo, es casar el Auto de Vista recurrido, mas no la resolución de primera instancia, toda vez que cuando se recurre contra la resolución de primera instancia opera el recurso de apelación mas no de casación
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- De las denuncias expuestas por el recurrente, se extrae de manera ordenada y en calidad
- 1
- En el fondo
- De la respuesta al recurso de casación
- Añadió también que las decisiones personales no tienen nada que ver con las decisiones de
- Respecto a los dos fallos, expresa que son decisiones claras y amparadas en la normativa
- CONSIDERANDO III
- El autor Gonzalo Castellanos Trigo, en su obra referida, pág
- Es importante que en caso de no poderse llevar adelante la audiencia por motivos atendibles,
- Si la suspensión se debe por motivos graves e insuperables, el señalamiento debe realizarse tan
- Al respecto la Legislación de Honduras dispone: “1
- El art
- III
- Respecto a lo anterior, Eddy Wálter Fernández Gutiérrez en su artículo: “De Los Procesos
- Dicha audiencia podrá postergarse por una sola vez, por inasistencia de una de las partes,
- Asimismo, William Herrera Añez en su trabajo “La Reforma Procesal Civil y el Debido Proceso”,
- La disposición aclara que la inasistencia no justificada de la parte actora o reconviniente se
- III.2. No es viable en casación impugnar lo fundamentado en sentencia
- Corresponde precisar que, conforme a una adecuada técnica procesal recursiva dentro de un proceso ordinario,
- Lo expuesto resulta ser un criterio que ya fue asumido de forma categórica en el
- En el caso de Autos, se evidencia que el recurso planteado de fs
- CONSIDERANDO IV
- En la forma
- Ahora bien, de la revisión de la resolución de alzada, se evidencia que el Ad
- De la revisión en autos, se tiene el acta de la primera audiencia de
- Verificando también que el Auto de Vista recurrido dio respuesta a este reclamo estableciendo que
- De la contestación al recurso de casación
- El contenido de la contestación está orientado a que el recurso sea declarado infundado, postura
- De todos los fundamentos expuestos se concluye que los tribunales de instancia actuaron conforme a
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
