Auto Supremo AS/0709/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0709/2018

Fecha: 23-Jul-2018

En ese marco, de la revisión del cuaderno procesal, y en particular de la demanda

En ese marco, de la revisión del cuaderno procesal, y en particular de la demanda que cursa de fs. 24 a 25, subsanada en fs. 29 a 31 de obrados, se puede observar que la actora, en el relato fáctico que sustenta de su acción, señala que su persona y la Sra. Silvia Marina Cutipa, habrían suscrito el contrato de fecha 01 de septiembre de 2014, en virtud del cual, la referida señora le habría transferido una excavadora por un precio consensual de $us.- 85.000, estipulándose que el pago por dicha compra debiera realizarse conforme un plan de pagos, en cuyo entendido, la actora a la suscripción de dicho acuerdo habría empozado la suma de $us.- 20.000, y que la fecha del segundo pago, es decir el 01 de octubre de 2014, la misma debería realizar el depósito de $us. 10.000, previa entrega de la documentación de propiedad concerniente a la mencionada excavadora, así lo establecería la Cláusula Segunda del acuerdo en cuestión, empero a pesar de sus intenciones de cumplir con su obligación, señala que la demandada con una serie de excusas y artificios ha omitido cumplir con la obligación descrita, impidiendo perfeccionar la transferencia del motorizado, situación que impulsaría la interposición de la presente acción a efectos de que la demandada cumpla con dicha cláusula y pague los daños y perjuicios ocasionados en su contra