En ese marco, de la revisión del cuaderno procesal, y en particular de la demanda
En ese marco, de la revisión del cuaderno procesal, y en particular de la demanda que cursa de fs. 24 a 25, subsanada en fs. 29 a 31 de obrados, se puede observar que la actora, en el relato fáctico que sustenta de su acción, señala que su persona y la Sra. Silvia Marina Cutipa, habrían suscrito el contrato de fecha 01 de septiembre de 2014, en virtud del cual, la referida señora le habría transferido una excavadora por un precio consensual de $us.- 85.000, estipulándose que el pago por dicha compra debiera realizarse conforme un plan de pagos, en cuyo entendido, la actora a la suscripción de dicho acuerdo habría empozado la suma de $us.- 20.000, y que la fecha del segundo pago, es decir el 01 de octubre de 2014, la misma debería realizar el depósito de $us. 10.000, previa entrega de la documentación de propiedad concerniente a la mencionada excavadora, así lo establecería la Cláusula Segunda del acuerdo en cuestión, empero a pesar de sus intenciones de cumplir con su obligación, señala que la demandada con una serie de excusas y artificios ha omitido cumplir con la obligación descrita, impidiendo perfeccionar la transferencia del motorizado, situación que impulsaría la interposición de la presente acción a efectos de que la demandada cumpla con dicha cláusula y pague los daños y perjuicios ocasionados en su contra
- Proceso: Cumplimiento de obligación y otros
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Johvana Chalco Aguilar, mediante el escrito que
- Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
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- Por lo que solicita se declare infundado el referido recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Sobre este tema el autor Carlos Morales Guillen, en su obra “CÓDIGO CIVIL CONCORDADO Y
- En la doctrina se ha dado tres corrientes sobre la interpretación de los contratos, así
- En ese entendido nuestra legislación en el art
- En ese entendido el ejercicio de la investigación fundamental del intérprete, desde luego, ha de
- Siendo el contrato una asociación de pensamientos encaminados al logro del fin buscado por la
- La valoración de la prueba para Víctor Roberto Obando Blanco es: “…el juicio de aceptabilidad
- En esa misma lógica, este autor refiriéndose al fin de la prueba señaló: “La averiguación
- De estas acepciones podemos inferir, para el caso en concreto, que en nuestro régimen procesal
- Entendiendo que la sana crítica o prudente criterio, en la fundamentación de la resolución, interesa
- Siendo así que, ante la impugnación de errónea valoración de la prueba (ya sea por
- III.3. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- Sobre este particular, la SC 0012/2006-R de 4 de enero, ha razonado: “La motivación de
- En ese mismo entendido, en la SCP Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se ha
- Finalmente la SCP 0075/2016-S3 de 8 de enero, sobre este tema ha sintetizado señalando: “…es
- Por lo expuesto se puede colegir, que para el cumplimiento del debido proceso en su
- CONSIDERANDO IV
- En lo que respecta al punto 1) se observa que el reclamo se encuentra orientado
- En los puntos 2), 4) y 6) la recurrente acusa la carencia de fundamentación y
- Los términos del reclamo de referencia, sin duda nos conducen a considerar la argumentación de
- En ese marco, de la revisión del cuaderno procesal, y en particular de la demanda
- Sin duda la relación fáctica descrita, conduce a inferir que el argumento central que sustenta
- En se orden, en el contrato de fecha 01 de septiembre de 2014, cuyo documento
- En el presente caso de una prolija lectura de la referida estipulación contractual, no se
- El razonamiento del Tribunal de Alzada, resulta acertado en sentido de considerar que el ejercicio
- Finalmente en lo que concierne a los puntos 3) y 5) del recurso, concretamente la
- Sobre esta cuestión, resulta pertinente remitirnos a los razonamientos expresados previamente, pues sin ánimo de
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Olvis Egüez Oliva
