El Código Civil en el art
La autorización del juez será especial para cada caso y se acordará con arreglo a lo previsto en la sección II, capitulo VIII, título II, Libro cuarto del presente Código, salvo el caso del desistimiento en juicio, en que bastará la autorización del juez que conoce de la causa, con dictamen del respectivo fiscal de familia¨.
III.3. Del contrato de venta, prohibición y alcance de la nulidad parcial.
El Código Civil en el art. 584, respecto al contrato de venta nos brinda la noción siguiente: ¨La venta es un contrato por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa o transfiere otro derecho al comprador por un precio en dinero¨
III.3. Del contrato de venta, prohibición y alcance de la nulidad parcial.
El Código Civil en el art. 584, respecto al contrato de venta nos brinda la noción siguiente: ¨La venta es un contrato por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa o transfiere otro derecho al comprador por un precio en dinero¨
- CONSIDERANDO I
- José Enrique Becerra Fernández, en la modalidad de forma trae como agravio lo siguiente
- 1
- II.3. Contestación al recurso de casación
- III.1. Protección de los derechos del menor de edad desde la perspectiva constitucional
- III.2. Actos de disposición de bienes del menor de edad
- Asimismo, no se podrá transigir, someter a compromisos arbitrales, ni formular desistimientos en juicio a
- El Código Civil en el art
- III.4. Los principios de eficacia y eficiencia en la práctica forense
- El precepto constitucional invocado fue desarrollado en la Ley del Órgano Judicial, concretamente en el
- En el Auto Supremo N° 329/2017 de 30 de marzo, se orientó lo siguiente: “La
- ¨Asimismo, corresponde señalar que la uniforme línea jurisprudencial trazada por éste Tribunal ha superado aquella
- IV.1. En la forma
- De la revisión del expediente se advierte que la demandada Martha Fernández Córdoba, en su
- Los menores de edad en el curso del proceso adquirieron la mayoría de edad y
- IV.2. En el fondo
- El punto 1 y 2 están relacionados entre sí y por ello se brindará respuesta
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
