Auto Supremo AS/0734/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2018

Fecha: 27-Jul-2018

José Enrique Becerra Fernández, en la modalidad de forma trae como agravio lo siguiente

José Enrique Becerra Fernández, en la modalidad de forma trae como agravio lo siguiente:
1. Del relato ampuloso de antecedentes se identifica la denuncia, en sentido de que en el proceso existen vicios procedimentales que causan la nulidad de obrados, porque es incongruente y no contiene decisiones precisas sobre la cosa litigada, y que José Enrique Becerra Fernández y Alison Tamara Becerra Fernández el 12 de enero de 2015, adquirieron la mayoría de edad y como co-propietarios del inmueble objeto de litis, desde entonces tenía capacidad para defenderse y no ser representados por su madre, tal como lo establecen los arts. 29, 30 y 34 del Código Procesal Civil, por lo que considera que el proceso está viciado a partir del momento en que adquirieron la mayoría de edad, proceder con el que se lesionó sus intereses, garantías y derechos constitucionales, como el derecho a la propiedad privada, la verdad material, la igualdad de las partes, y el debido proceso en su componente derecho a la defensa.
II.2. Del recurso de casación en el fondo