Auto Supremo AS/0734/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2018

Fecha: 27-Jul-2018

IV.2. En el fondo

Ahora bien, el proceso dejó de ser el camino en el que se priorizaban los formalismos y pasó a ser el camino eficaz y eficiente para alcanzar la justicia material, consecuentemente, no resulta necesario y útil anular obrados para retroceder y tramitar de nuevo e insulsamente, por cuanto se advierte que el resultado final no cambiará, porque los menores, hoy mayores de edad, a pesar de su actitud pasiva, recuperaron sus acciones en el bien inmueble, de ahí que la objeción es intrascendente y carece de sustento legal.
IV.2. En el fondo