En el Auto Supremo Nº 514/2014 de 8 de septiembre, sobre la violencia en el
En el Auto Supremo Nº 514/2014 de 8 de septiembre, sobre la violencia en el acto jurídico se señaló: ¨En la misma línea de análisis, encontramos sobre la violencia ejercida al obtener el consentimiento, se debe distinguir la violencia física, que se concreta con el empleo de una fuerza material sobre el sujeto que queda subyugado a la voluntad del otro, y la violencia moral que consiste en inspirar por medio de amenazas o por otro medio un temor que suprima la libre voluntad. Analizando éste último, la violencia moral actúa por la intimidación que altera la normal declaración de la voluntad que vicia el consentimiento, siempre que la amenaza sea injusta, es decir que la intimidación tiene que ser promovida sin derecho e importar la comisión de un acto ilícito; en contrario sensu, cuando aquella intimidación resulta del ejercicio de derechos propios, no puede ser considerada como violencia moral que vicie el consentimiento y de lugar a la anulación del contrato. El art. 481 del Código Civil regla que: “El uso o amenaza de hacer valer una vía de derecho sólo invalida el consentimiento cuando está dirigida a conseguir ventajas injustas”, por lo que el uso de hacer valer los derechos propios no invalida el consentimiento, salvo que en ese acto jurídico se haya conseguido ventajas injustas, entendiendo que esa ventaja injusta sea inherente al derecho que se pretende.¨
- Distrito: Potosí
- Ante su insatisfacción con dicho fallo, los demandados y reconvencionistas apelaron motivando la emisión del
- II.1. Del recurso de casación en la forma
- En la modalidad de forma traen como agravio
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- II.3. Contestación al recurso de casación
- La contraparte no respondió al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- La jurisdicción ordinaria de acuerdo al artículo 180 de la Constitución Política del Estado, ¨se
- Por su parte el Diccionario de la lengua Española refiere que la honestidad significa: decir
- III.2. La violencia como vicio del consentimiento
- En el Auto Supremo Nº 514/2014 de 8 de septiembre, sobre la violencia en el
- III.3. La anulabilidad parcial
- Al respecto, Raúl Megias de la Rubia y María José Vaquero, en el Trabajo de
- III.4. La transacción
- IV.1. En la forma
- 1. Respecto al agravio relativo a la ausencia de pronunciamiento sobre la venta verbal
- A fs
- Los demandados reconocen haber recibido el vehículo avaluado por $US
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
