Auto Supremo AS/0745/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2018

Fecha: 27-Jul-2018

IV.1. En la forma

Sobre la transacción el art. 941 del Código Civil, nos brinda la siguiente noción: ¨I. La transacción es un contrato por el cual mediante concesiones reciprocas se dirimen derechos de cualquier clase ya para que se cumplan o reconozcan, ya para poner término a litigios comenzados o por comenzar, siempre que no esté prohibida por la Ley.¨
Gonzalo Meza Mauricio, en su libro: El Negocio Jurídico, Editorial Alegre, Pag.488, refiere que el elemento esencial de la transacción es la concesión recíproca de lo contrario simplemente no se está frente a una transacción, cuando escribe: ¨…el legislador ha previsto como elemento esencial de la transacción que esta se efectué mediante concesiones reciprocas (-) Que, (-) las concesiones reciprocas o sacrificios económicos de las partes deben referirse a los derechos cuestionados, es decir supone el reconocimiento parcial de la pretensión del derecho ajeno y la renuncia parcial de la pretensión o el derecho propio, la transacción persigue, pues, transformar una situación jurídica insegura, discutible y litigiosa, por otra segura: si, las partes evitaran o concluyeran un pleito sin que medie concesiones reciprocas, el acto jurídico respectivo no podrá estimarse transacción¨.
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
IV.1. En la forma