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    Auto Supremo AS/0689/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0689/2018-RRC

    Fecha: 17-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 48/2017 de 3 de mayo (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 026/2018-RA de 1 de febrero,
    • El recurrente solicita dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
    • En audiencia de 3 de mayo del 2017, el Ministerio Público refiere que en aplicación
    • Posteriormente, se escuchó al abogado de la defensa y al acusado quien reconoció su culpabilidad
    • II.2. De la Sentencia
    • En el acápite I de la Sentencia, el A quo después de realizar la enunciación
    • En el segundo considerando, manifestó que el representante del Ministerio Público en aplicación de lo
    • En el acápite destinado a la exposición de fundamentos de derecho, el A quo haciendo
    • En el acápite IV destinado a la valoración de la prueba, el Tribunal de Sentencia,
    • Contra la referida Sentencia el abogado y apoderado de la víctima, interpuso recurso de apelación
    • Que, el Tribunal de Sentencia incurrió en los defectos de sentencia previstos por los incs
    • Bajo el acápite de insuficiente fundamentación, refiere que entre los puntos más sobresalientes de la
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • El recurso de apelación restringida, fue resuelto por Auto de Vista 62 de 27 de
    • Asimismo, en el segundo considerando de la resolución impugnada, refiere que previo a la presentación
    • En el acápite destinado a los fundamentos y análisis del tipo penal acusado de Homicidio,
    • Respecto a la falta de fundamentación de la Sentencia, el Tribunal de apelación refiere que
    • En el tercer considerando del Auto de Vista impugnado, el Tribunal de apelación refiere que
    • III.1.Del principio de congruencia en el fallo de alzada
    • “El art
    • En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
    • El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
    • Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum quantum
    • Debemos entender que la obligación de pronunciarse sobre todos los motivos en los que se
    • II.2. Análisis del caso en concreto
    • El recurrente reclamó que el Tribunal de apelación: a) No tomó en cuenta los argumentos
    • Revisado el Auto de Vista impugnado, se tiene que el Tribunal de alzada en
    • Lo descrito, son las bases que le sirvieron al Ad quem, ingresar a resolver el
    • En el segundo motivo de alzada, la apelante también denunció que la Sentencia de procedimiento
    • Asimismo, el fallo impugnado carece de fundamentación; toda vez, que además de los aspectos identificados,
    • Otro aspecto reclamado como tercer agravio de apelación, fue la insuficiente fundamentación del fallo de
    • Conforme el análisis realizado, se establece que el Tribunal de apelación en principio no realizó
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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