Auto Supremo AS/0689/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

Contra la referida Sentencia el abogado y apoderado de la víctima, interpuso recurso de apelación


II.3. Del recurso de apelación restringida.

Contra la referida Sentencia el abogado y apoderado de la víctima, interpuso recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos:

Denuncia que la Sentencia incurrió en los defectos previstos por los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del CPP; es decir, en la errónea aplicación de la ley sustantiva, falta de fundamentación de la Sentencia y que la misma se basa en hechos inexistentes. Desarrollando los mismos, refiere que: El fallo de mérito en la parte considerativa, no señaló la razón jurídica para calificar el hecho como Homicidio, limitándose a repetir los antecedentes del caso de manera genérica e imprecisa, pues el argumento del A quo sería incongruente en su redacción cuando señala: “Se ha suscrito un acuerdo con el imputado (Error el mismo es acusado) GONZALO RODAS SEGOVIA, EN EL QUE SE DECALRA AUTOR Y PARTICIPE del delito de HOMISIDIO, el cual inicialmente fue tipificado como asesinato, pero revisado el proceso y tomando en cuenta que la autora principal, quien llamo a la víctima, tomando en cuenta el principio de celeridad, …” (sic); además que el cambio de la calificación jurídica del hecho vulneraría el principio de congruencia y el debido proceso, conforme lo establecido por el art. 124 del CPP y 115.II de la CPE, al no tener un respaldo legal, incumpliendo los arts. 124 y 360 inc. 3) de la norma Adjetiva Penal