Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0689/2018-RRC
Fecha: 17-Ago-2018
II.2. De la Sentencia
II.2. De la Sentencia
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Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 48/2017 de 3 de mayo (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 026/2018-RA de 1 de febrero,
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El recurrente solicita dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
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En audiencia de 3 de mayo del 2017, el Ministerio Público refiere que en aplicación
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Posteriormente, se escuchó al abogado de la defensa y al acusado quien reconoció su culpabilidad
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II.2. De la Sentencia
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En el acápite I de la Sentencia, el A quo después de realizar la enunciación
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En el segundo considerando, manifestó que el representante del Ministerio Público en aplicación de lo
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En el acápite destinado a la exposición de fundamentos de derecho, el A quo haciendo
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En el acápite IV destinado a la valoración de la prueba, el Tribunal de Sentencia,
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Contra la referida Sentencia el abogado y apoderado de la víctima, interpuso recurso de apelación
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Que, el Tribunal de Sentencia incurrió en los defectos de sentencia previstos por los incs
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Bajo el acápite de insuficiente fundamentación, refiere que entre los puntos más sobresalientes de la
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II.4. Del Auto de Vista impugnado
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El recurso de apelación restringida, fue resuelto por Auto de Vista 62 de 27 de
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Asimismo, en el segundo considerando de la resolución impugnada, refiere que previo a la presentación
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En el acápite destinado a los fundamentos y análisis del tipo penal acusado de Homicidio,
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Respecto a la falta de fundamentación de la Sentencia, el Tribunal de apelación refiere que
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En el tercer considerando del Auto de Vista impugnado, el Tribunal de apelación refiere que
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III.1.Del principio de congruencia en el fallo de alzada
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“El art
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En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
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El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
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Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum quantum
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Debemos entender que la obligación de pronunciarse sobre todos los motivos en los que se
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II.2. Análisis del caso en concreto
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El recurrente reclamó que el Tribunal de apelación: a) No tomó en cuenta los argumentos
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Revisado el Auto de Vista impugnado, se tiene que el Tribunal de alzada en
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Lo descrito, son las bases que le sirvieron al Ad quem, ingresar a resolver el
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En el segundo motivo de alzada, la apelante también denunció que la Sentencia de procedimiento
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Asimismo, el fallo impugnado carece de fundamentación; toda vez, que además de los aspectos identificados,
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Otro aspecto reclamado como tercer agravio de apelación, fue la insuficiente fundamentación del fallo de
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Conforme el análisis realizado, se establece que el Tribunal de apelación en principio no realizó
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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