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    Auto Supremo AS/0725/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0725/2018-RA

    Fecha: 17-Ago-2018

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    • Por memoriales presentados el 11 y 12 de junio de 2018, Henry Alexander Ventura Santos,
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Henry Alexander Ventura Santos, formuló recurso de apelación
    • c) Por diligencias de 4 y 5 de junio de 2018, fueron notificados Henry Alexander
    • De los memoriales de recursos de casación, se extrae lo siguiente
    • Refiere que en el recurso de apelación restringida se denunció que la Sentencia impugnada se
    • Denuncia que el Tribunal de alzada desarrolló una fundamentación insuficiente sobre los puntos 7, 9
    • Refiere que en el punto 11 del recurso de apelación restringida, reclamó que se debía
    • II.2. Del recurso de casación del Ministerio Público
    • Denuncia que el Auto de Vista impugnado no contiene ninguna fundamentación sobre los argumentos expuestos
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
    • Sobre el primer motivo refiere que en el recurso de apelación restringida se denunció que
    • El recurrente no cumple con las previsiones establecidas en el art
    • Con relación a los presupuestos de flexibilización exigidos para la apertura excepcional de un agravio
    • Sobre el segundo motivo denuncia que el Tribunal de alzada desarrolló una fundamentación insuficiente sobre
    • En el motivo de casación se advierte que el recurrente, conforme prevé los arts
    • Se deja constancia, que la labor de contraste no abarcará al Auto Supremo 065/2012-RA –de
    • Se advierte que el recurrente, conforme prevé los arts
    • Sobre el cuarto motivo refiere que en el recurso de apelación denunció que el Tribunal
    • Conforme prevé los arts
    • En el caso de autos, se constata que Ministerio Público cumplió con el requisito relativo
    • En el único motivo se denuncia que el Auto de Vista impugnado no contiene ninguna
    • Se advierte de aquello que el recurrente no cumple con las disposiciones legales por el
    • En razón a los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de un agravio reclamado,
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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