Auto Supremo AS/0759/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0759/2018-RA

Fecha: 27-Ago-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 01/2015 de 11 de septiembre (fs. 1169 a 1179 vta.), el Tribunal Noveno de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Eloy Espozo Villca, Jorge Luis Cristóbal Vásquez de la Barra, Jaime de la Torre Tejeda, Jaime Freddy Pozo Ibañez, Ramón Fernández Fernández, Norah Azurduy Uzin, María Elena Cuiza Cuiza, Ruth Candelaria Rojas Bilbao y Carmela Nancy Paravicini Antezana Vda. de Martínez, absueltos de la comisión de los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes y Estafa, previstos y sancionados por los arts. 153 y 335 del CP, ya que la prueba aportada no fue suficiente para generar responsabilidad penal en los imputados; sin costas por ser excusables. Siendo resuelta la solicitud de complementación y enmienda de Jaime de la Torre Tejeda, Jaime Freddy Pozo Ibañez y Carmen Aliaga Alarcón, mediante Resoluciones de 21 de septiembre de 2015 (fs. 1210 vta. y 1212)