Tradicionalmente se ha fundamentado la prescripción en diferentes razones, unas de tipo subjetivo, vinculadas a
Tradicionalmente se ha fundamentado la prescripción en diferentes razones, unas de tipo subjetivo, vinculadas a los cambios que el tiempo opera en la personalidad del delincuente, que determinan la desaparición de su peligrosidad para la sociedad; otras consideradas objetivas y de utilidad social, que señalan que con el transcurso del tiempo desaparece la alarma social y no existe necesidad de prevención general; aquellas de orden procesal que sostienen que existen dificultades en la recolección de elementos probatorios para determinar la culpabilidad o inocencia del presunto autor. También se han aducido razones de política criminal, en sentido que el castigo impuesto mucho tiempo después de la comisión del hecho no alcanza los fines de la pena (prevención especial y prevención general, positiva y negativa), careciendo, en consecuencia, su imposición de razón de ser; así como razones jurídicas, que inciden en la necesidad de eliminar la incertidumbre en las relaciones jurídicas y la desaparición de la intranquilidad causada por el delito
- Por memorial presentado el 29 de marzo de 2018, cursante de fs
- El procesado Oscar Cabrera Ureña, formula Excepción de Extinción de la Acción Penal por Prescripción,
- Mediante querella de 19 de agosto de 2011, se interpone objeción a la querella, rechazando
- Invoca los Autos Supremos 278-P de 19 de julio de 2006 y 381 de 21
- Con relación al momento en el cual se inicia el cómputo de la prescripción, se
- Por decreto de 24 de abril de 2018, conforme lo dispuesto por el art
- III
- El Tribunal Constitucional Plurinacional, efectuando una reconducción de la línea asumida por el Tribunal Constitucional
- Por ello, a la fecha, toda cuestión accesoria planteada ante el máximo Tribunal de Justicia,
- III.2. Del Trámite de las Excepciones e Incidentes
- El art
- III.3.Sobre el Régimen de la Prescripción
- En el Auto Supremo 120-P de 20 de marzo de 2006, entre otros, se definió
- Esta definición, aplicada al ámbito penal, significa la expresa renuncia por parte del Estado del
- Conforme a ello, es el propio Estado el que, a través de la norma penal
- Tradicionalmente se ha fundamentado la prescripción en diferentes razones, unas de tipo subjetivo, vinculadas a
- Si bien los anteriores fundamentos son válidos, actualmente la prescripción debe fundamentarse desde la Constitución,
- Por su parte, el art
- Conforme el art
- Por otro lado, se establece que sólo se suspenderá en los siguientes casos previstos
- III.4. Análisis de la excepción opuesta
- Una vez realizadas las consideraciones doctrinales, jurisprudenciales y normativas precedentes, corresponde ingresar al análisis de
- Es así que el excepcionista manifiesta que en base a los antecedentes se tiene: 1)
- Tomando en cuenta que en el ordenamiento jurídico procesal penal, la prescripción como motivo de
- En ese ámbito, conforme los antecedentes cursantes en obrados, remitidos a esta Sala Penal y
- Dicha resolución fue notificada a ambas partes; empero, a lo largo de la tramitación del
- Por ello, el término de duración del proceso penal de siete años que denuncia el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
- En cumplimiento de la Sentencia Constitucional 1061/2015-S2 de 26 de octubre, se advierte a las partes que la presente Resolución
- Regístrese y hágase saber
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
