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    Auto Supremo AS/0830/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0830/2018

    Fecha: 31-Ago-2018

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    • Distrito: Chuquisaca
    • 2
    • 3
    • ?En cuanto al séptimo y octavo reclamo, los actores no demostraron el cumplimiento del contrato
    • CONSIDERANDO II
    • Primero
    • PETITORIO
    • Solicita se dicte Auto Supremo anulatorio hasta la audiencia preliminar a fin de calificar nuevamente
    • CONSIDERANDO III
    • Precisamente por los fundamentos expuestos precedentemente, en razón al caso de autos, corresponde a continuación
    • Principio de finalidad del acto
    • Principio de conservación
    • Principio de trascendencia
    • Principio de convalidación
    • Principio de preclusión
    • De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
    • Por lo expuesto, concluiremos señalando que no corresponden los rigorismos que tiendan a producir nulidades
    • 2. De la Interpretación del art. 568 del Código Civil
    • Al respecto, el art
    • En este sentido se ha orientado a través del Auto Supremo N° 609/2014 de 27
    • 3. De la interpretación de los contratos
    • Según Carlos Morales Guillen, en su obra Código Civil Concordado y Anotado, Cuarta Edición, Tomo
    • Se ha dado en la materia dos corrientes opuestas: la teoría subjetiva o de la
    • En nuestra legislación el art
    • La investigación fundamental del intérprete, desde luego, ha de consistir en precisar la naturaleza jurídica
    • El principio fundamental de la interpretación: “a tanto se obliga el hombre a cuanto quiso
    • Si la construcción gramatical de las cláusulas del contrato, es ambigua o anfibológica y provoca
    • Siendo el contrato una asociación de pensamientos encaminados al logro del fin buscado por la
    • 4. De la valoración de la prueba
    • José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
    • Finalmente de ese examen puede salir la verdad, cuando encuentre conformidad de los hechos afirmados,
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
    • Por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de los
    • El per saltum (pasar por alto), es una locución latina que significa pasar por alto
    • CONSIDERANDO IV
    • c) En cuanto a la vulneración del principio de congruencia
    • Si bien era obligación de Rufino Chojllo Bautista, pagar el saldo de $us
    • Entonces, conforme a los puntos III
    • c) En cuanto a la multa de $us
    • Los demandantes señalan que al haber confesado el demandado que no canceló la totalidad del
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.

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