En el caso de autos, si bien a fs
En el caso de autos, si bien a fs. 137 cursa la audiencia de Confesión Provocada de Cargo y después de 10 meses la presentación de un memorial de prueba de reciente obtención, evidenciándose que habría transcurrido más de 6 meses; sin embargo, al existir continuidad de los actos por el memorial de fs. 141, estos interrumpen la inactividad procesal, correspondiendo que el proceso continúe la dinámica procesal, conforme se hizo en el caso de autos
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En la Forma
- Asimismo, señala que se causo indefensión a la empresa JUNGIE MINING INDUSTRY, al haber notificado
- En el fondo
- Señala que en la Audiencia de Confesión Judicial de cargo de fs
- Asimismo indica que el Tribunal ad quem, ha incurrido en error tanto de derecho como
- Concluyó solicitando que en cuanto a la forma se anule obrados hasta el vicio más
- Ahora bien, desde la interposición de la demanda hasta el llamamiento de Autos para Sentencia,
- En el caso de autos, si bien a fs
- Respecto a que se causo indefensión a la empresa JUNGIE MINING INDUSTRY, al haberse notificado
- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de las pruebas, cuando la resolución
- En el caso que se analiza, la empresa demandada señala que existe prueba que
- En ese orden es menester indicar que el Sistema de Seguridad Social, fue reformado estructuralmente
- En ese entendido, de la lectura del Auto de Vista, el mismo menciona que el
- Asimismo respecto a que se desconocía el estado de embarazo de la esposa del demandante,
- En ese contexto, corresponde aplicar el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
