Auto Supremo AS/0495/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0495/2018

Fecha: 21-Sep-2018

Por otra parte, es evidente que el recurso planteado hace referencia de aplicación de la

Por otra parte, es evidente que el recurso planteado hace referencia de aplicación de la retroactividad prevista por el art. 65 del D.L. Nº 13214, normativa derogada por el art. 7 del D.L. 18494 de 3 de julio 1981, efectuando un recuento de la normativa que a criterio de la entidad demandante es la historia de la Seguridad Social, criterio bajo el cual acusa una arbitraria, ilógica y absurda concordancia con la fundamentación acogida por el Auto de Vista impugnado, evidenciándose sin embargo, que señalada decisión sustentó adecuadamente su fundamento, en la aplicación del art. 4 del D.S. 25809 y en cumplimiento expreso de los arts. 48 .IV y la retroactividad prevista por el 123 de la Constitución Política del Estado y en mérito a la facultad contenida en el art. 236 del CPC-1975 (265-I del CPC-2013), referido a la pertinencia de la resolución de vista, cumpliendo los principios de congruencia, pertinencia y exhaustividad y ciñendo su fallo a los puntos objetados en el recurso de apelación, no habiendo dispuesto cuestiones que no hubiesen sido alegadas, sin omitir agravio alguno, habiendo apreciado y considerado el conjunto de la prueba acumulada al proceso según criterio propio, pero de manera alguna evidencia, la errónea aplicación de la ley denunciada, que pueda determinar la casación del Auto de Vista impugnado, debiendo desestimarse esta pretensión por infundada