Auto Supremo AS/0505/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2018

Fecha: 21-Sep-2018

En el caso de autos, conforme se acredita en la Resolución Administrativa Nº 002/2012 de

En el caso de autos, conforme se acredita en la Resolución Administrativa Nº 002/2012 de 30 de noviembre, emitida por el Consejo de Administración de la COOSIV Ltda., cursante a fs. 5, que como plan estratégico institucional, resuelven que el cargo de Gerente General de la cooperativa, sea asumido por alguien en formación de administración de empresa, es decir, se de una restructuración administrativa a la cooperativa; que responde a la determinación asumida por el Consejo de Vigilancia, como se evidencia en la nota de fs. 64, CVC Of. Nº 32/2012 de 9 de agosto, llegándose a emitir el memorándum de 30 de noviembre de 2012, de fs. 6, en el cual se efectiviza lo resuelto, y se desvincula al ahora demandante de la cooperativa, existiendo una causa o fundamento para ello; y como se dijo, si bien el principio de estabilidad laboral, busca, una continuidad del trabajador en su fuente laboral, no significa ello que este derechos sea vitalicio o que perdure sin excepción alguna, lo que busca es, proteger al trabajador de despidos arbitrarios, sin justificación o causal alguna, en el caso existe un motivo, reflejado en un plan estratégico institucional, asumido por el Consejo de Vigilancia y de Administración de la COOSIV Ltda