El art
Sobre el aguinaldo
El art. 2 del DS 2317 de 29 de diciembre de 1950, prevé que el tiempo mínimo de servicios para acceder al pago del derecho al aguinaldo, es de 3 meses para empleados, dentro del año correspondiente, aunque el trabajador hubiese sido retirado antes del 25 de diciembre del año respectivo; cuando así corresponda, el aguinaldo debe ser cancelado por duodécimas
El art. 2 del DS 2317 de 29 de diciembre de 1950, prevé que el tiempo mínimo de servicios para acceder al pago del derecho al aguinaldo, es de 3 meses para empleados, dentro del año correspondiente, aunque el trabajador hubiese sido retirado antes del 25 de diciembre del año respectivo; cuando así corresponda, el aguinaldo debe ser cancelado por duodécimas
- Tramitado el proceso laboral seguido por Nigel Antonio Poquechoque Espada contra el CONSORCIO DEL SUR
- Interpuestos los recursos de apelación por el demandado de fs
- Edwin Tárraga Gutiérrez y Humberto Cueto, en representación legal del CONSORCIO DEL SUR ASOCIADOS, interpone
- Petitorio
- Nigel Antonio Poquechoque Espada interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- En cuanto al debido proceso, consagrado por el art
- El principio de verdad material previsto en el art
- En cuanto al derecho al debido proceso, consagrado por el art
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- Conforme al principio laboral constitucional, el art
- Consiguientemente, corresponde al empleador la obligación de proporcionar al proceso los elementos de prueba necesarios
- La inversión de la prueba en materia laboral goza de una presunción de veracidad respecto
- El instituto de la indemnización es un derecho consagrado constitucionalmente en el art
- Por su parte el art
- En cuanto al desahucio, el art
- El art
- Adicionalmente a la normativa y fundamentos expuestos precedentemente, cabe aclarar que la interpretación de las
- Con base en el análisis jurídico precedente, en el caso de autos, consta en antecedentes,
- Sobre el recurso de casación en el fondo del demandante; consta en antecedentes (fs
- Este razonamiento, fue bien entendido por el por Tribunal de alzada y bajo estos parámetros,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
