Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de 1 de octubre de 1999, ha manifestado: “En opinión de esta Corte, para que exista «debido proceso legal» es preciso que un justiciable pueda hacer valer sus derechos y defender sus intereses en forma efectiva y en condiciones de igualdad procesal con otros justiciables. Al efecto, es útil recordar que el proceso es un medio para asegurar, en la mayor medida posible, la solución justa de una controversia. A ese fin atiende el conjunto de actos de diversas características generalmente reunidos bajo el concepto de debido proceso legal”
- Tramitado el proceso laboral seguido por Nigel Antonio Poquechoque Espada contra el CONSORCIO DEL SUR
- Interpuestos los recursos de apelación por el demandado de fs
- Edwin Tárraga Gutiérrez y Humberto Cueto, en representación legal del CONSORCIO DEL SUR ASOCIADOS, interpone
- Petitorio
- Nigel Antonio Poquechoque Espada interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- En cuanto al debido proceso, consagrado por el art
- El principio de verdad material previsto en el art
- En cuanto al derecho al debido proceso, consagrado por el art
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- Conforme al principio laboral constitucional, el art
- Consiguientemente, corresponde al empleador la obligación de proporcionar al proceso los elementos de prueba necesarios
- La inversión de la prueba en materia laboral goza de una presunción de veracidad respecto
- El instituto de la indemnización es un derecho consagrado constitucionalmente en el art
- Por su parte el art
- En cuanto al desahucio, el art
- El art
- Adicionalmente a la normativa y fundamentos expuestos precedentemente, cabe aclarar que la interpretación de las
- Con base en el análisis jurídico precedente, en el caso de autos, consta en antecedentes,
- Sobre el recurso de casación en el fondo del demandante; consta en antecedentes (fs
- Este razonamiento, fue bien entendido por el por Tribunal de alzada y bajo estos parámetros,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
