Nigel Antonio Poquechoque Espada interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de
Recurso de casación formulado por el demandante
Nigel Antonio Poquechoque Espada interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista 658/2017, bajo los siguientes argumentos:
En el fondo.- El fallo de segunda instancia incurre en error de hecho y de derecho por incorrecta valoración de la prueba respecto al aguinaldo de la gestión 2016, por cuanto se ha tomado en cuenta un depósito de Bs.7.833.- (siete mil, ochocientos treinta y tres 00/100 bolivianos), que según Sentencia y Auto de Vista constituye dicho pago, cuando en realidad ese monto está divido en tres, Bs.1.200.- (mil doscientos 00/100 bolivianos) por sueldo de diciembre de 2015, Bs5.000.- (cinco mil 00/100 bolivianos) por sueldo de abril de 2016 y Bs2.833.- (dos mil, ochocientos treinta y tres 00/100 bolivianos) por sueldo de 17 días de junio de 2016.
Petitorio.- El demandante solicita casar el Auto de Vista y reconocer el pago de aguinaldo gestión 2016 en duodécimas por Bs2.458,63.- (dos mil, cuatrocientos cincuenta y ocho 63/100 bolivianos), más multa y sanción por incumplimiento, con costas
Nigel Antonio Poquechoque Espada interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista 658/2017, bajo los siguientes argumentos:
En el fondo.- El fallo de segunda instancia incurre en error de hecho y de derecho por incorrecta valoración de la prueba respecto al aguinaldo de la gestión 2016, por cuanto se ha tomado en cuenta un depósito de Bs.7.833.- (siete mil, ochocientos treinta y tres 00/100 bolivianos), que según Sentencia y Auto de Vista constituye dicho pago, cuando en realidad ese monto está divido en tres, Bs.1.200.- (mil doscientos 00/100 bolivianos) por sueldo de diciembre de 2015, Bs5.000.- (cinco mil 00/100 bolivianos) por sueldo de abril de 2016 y Bs2.833.- (dos mil, ochocientos treinta y tres 00/100 bolivianos) por sueldo de 17 días de junio de 2016.
Petitorio.- El demandante solicita casar el Auto de Vista y reconocer el pago de aguinaldo gestión 2016 en duodécimas por Bs2.458,63.- (dos mil, cuatrocientos cincuenta y ocho 63/100 bolivianos), más multa y sanción por incumplimiento, con costas
- Tramitado el proceso laboral seguido por Nigel Antonio Poquechoque Espada contra el CONSORCIO DEL SUR
- Interpuestos los recursos de apelación por el demandado de fs
- Edwin Tárraga Gutiérrez y Humberto Cueto, en representación legal del CONSORCIO DEL SUR ASOCIADOS, interpone
- Petitorio
- Nigel Antonio Poquechoque Espada interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- En cuanto al debido proceso, consagrado por el art
- El principio de verdad material previsto en el art
- En cuanto al derecho al debido proceso, consagrado por el art
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- Conforme al principio laboral constitucional, el art
- Consiguientemente, corresponde al empleador la obligación de proporcionar al proceso los elementos de prueba necesarios
- La inversión de la prueba en materia laboral goza de una presunción de veracidad respecto
- El instituto de la indemnización es un derecho consagrado constitucionalmente en el art
- Por su parte el art
- En cuanto al desahucio, el art
- El art
- Adicionalmente a la normativa y fundamentos expuestos precedentemente, cabe aclarar que la interpretación de las
- Con base en el análisis jurídico precedente, en el caso de autos, consta en antecedentes,
- Sobre el recurso de casación en el fondo del demandante; consta en antecedentes (fs
- Este razonamiento, fue bien entendido por el por Tribunal de alzada y bajo estos parámetros,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
