Auto Supremo AS/0836/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0836/2018

Fecha: 05-Sep-2018

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3.Impugnada la resolución de primera instancia por el SENAPE, el Auto de Vista Nº 112/2017 de 12 de septiembre (fs. 450 a 456), resuelve REVOCAR el Auto definitivo Nº 170/2017 de 9 de mayo, bajo los siguientes fundamentos:
-El cómputo del plazo para ordinarizar la demanda coactiva, corre a partir del día siguiente de la notificación con el Auto Supremo Nº 205/2015, el 01 de abril de 2015 y no así desde la notificación con el Auto de Vista N° 265/2014, el 31 de diciembre de 2014.
-Al haber sido impugnado el Auto de Vista N° 265/2014 el mismo no puede quedar tácitamente ejecutoriado, ya que dicha impugnación y posterior concesión ante el Tribunal Supremo de Justicia, ha prolongado el trámite hasta la emisión del Auto Supremo N° 205/2015, de ahí que el cómputo de plazo para formalizar la demanda ordinaria corre a partir del 1 de abril de 2015 feneciendo el 1 de octubre de 2015