““Las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio; si en
A tal efecto, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 029/2014 de 18 de febrero, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de M.I.S.A. por el delito de Abuso de Confianza, que tiene como hecho generador la falta de fundamentación de la Sentencia y la contradictoria resolución de incidentes por parte del Tribunal de alzada, en tal sentido estableció la siguiente ratio decidendi:
““Las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio; si en obrados se observan defectos de procedimiento que constituyen defectos absolutos y atentan derechos fundamentales, deben ser corregidos de oficio por el Tribunal de Alzada o el de Casación en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, aunque el recurrente no hubiera efectuado reclamo oportuno para su saneamiento, facultad que está restringida para casos donde se encuentren violaciones flagrantes al debido proceso y existan defectos absolutos que determinen nulidad. Además en ningún fallo puede omitirse la fundamentación del mismo, no pudiendo ser reemplazado por la simple relación de documentos o la mención de los requerimientos de las partes; tampoco puede existir incongruencia y contradicción entre los fundamentos expuestos en la parte considerativa con la resolutiva”
- Por memorial presentado el 6 de febrero de 2018, cursante a fs
- I.1. Antecedentes
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jacobo Mariaca Jiménez (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 461/2018-RA de 29 de junio,
- I.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 461/2018-RA de 29 de junio, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1. Del incidente de exclusión probatoria en etapa de juicio oral
- Del acta de celebración del juicio oral de 8 de noviembre de 2016 (fs
- II.2. De la Sentencia
- Por Sentencia 5/2016 de 14 de noviembre, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- Contra la mencionada Sentencia, Jacobo Mariaca Jiménez, interpuso recurso de apelación restringida, de acuerdo a
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- En el presente proceso penal, fue admitido el recurso de casación interpuesto por Jacobo Mariaca
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2.Análisis del caso concreto
- En cuanto al único motivo, que se admitió a través del Auto Supremo 461/2018 de
- ““Las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio; si en
- “En ese ámbito, la jurisprudencia emanada por este Tribunal es amplia y uniforme sobre la
- Bajo este preámbulo, corresponde verificar si existe contradicción entre el precedente citado con lo resuelto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
