Auto Supremo AS/0861/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Por Sentencia 08/2017 de 13 de febrero, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental


Por Sentencia 08/2017 de 13 de febrero, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Jismar Moreno López o de Assis, autor de la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado previsto y sancionado por el art. 203 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, siendo absuelto de los delitos de Falsedad Ideológica y Ejercicio Indebido de la Profesión, en base a los siguientes argumentos:

Como hechos generadores del proceso penal, se tiene que mediante instructivo Nº 014/2013 de 19 de junio, la Dirección General Administrativa y Financiera con sede en Sucre, instruye a todos los encargados distritales y jefes administrativos habilitados, que presenten documentación de respaldo del file personal, por lo que la Jefatura de Recursos Humanos mediante circular Nº 009/2013, solicita la presentación de declaración jurada de no tener incompatibilidades, así como los documentos presentados en sus currículos sean fidedignos, aspecto realizado por el acusado el 24 de abril de 2013 ante la Notaria de Fe Pública Nº 4 en la cual también autoriza a la Dirección Administrativa Financiera del Órgano Judicial a verificar la información presentada, por lo que mediante el instructivo Nº 038/2013, se le pidió el currículo original lo cual nunca fue presentado por el imputado, evidenciándose que falsificó el título de Técnico Superior en Contabilidad expedido por la Universidad de Oruro el 16 de mayo de 2012.

El Tribunal Segundo de Sentencia de Pando, determinó que de acuerdo a la valoración probatoria de las pruebas documentales consistentes en la denuncia, instructivo, informes, circulares, currículo, Cite, certificaciones, como testificales de cargo de Marcela Villca y Dayana Domínguez, las pruebas del acusador particular, como de descargos, llegó a la conclusión que el acusado Jismar Moreno de Assis, uso una copia de un título en Técnico Superior en Contabilidad, el cual fue presentado ante instancias respectivas, no siendo reconocido por la Universidad Pública que lo otorga, certificando la no autenticidad de dicho documento, siendo utilizado por el acusado para permanecer como Operador de Activos fijos de la DAF, del Órgano Judicial de Pando, que exigía dicho grado académico, por lo que el respectivo Tribunal de Sentencia subsumió los hechos acusados al delito de Uso de Instrumento Falsificado, tipificado en el art. 203 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, siendo absuelto por los delitos de Falsedad Ideológica y Ejercicio Indebido de la Profesión, tipificados por los arts. 199 y 164 del CP.

II.2. De la apelación restringida