Auto Supremo AS/0872/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0872/2018

Fecha: 05-Sep-2018

De la lectura del Auto de Vista se advierte que los Vocales anularon la Sentencia,

Por lo que las objeciones no tienen sustento jurídico.
2. Respecto al reclamo de las pruebas.
De la lectura del Auto de Vista se advierte que los Vocales anularon la Sentencia, a partir de la inadecuada tipificación civil en la demanda y no porque efectuaron una apreciación distinta de la prueba, de hecho no valoraron la prueba en absoluto; consiguientemente no incurrieron en error de derecho, o dicho de otro modo, para que se produzca error de derecho debe efectuarse valoración de la prueba, así lo establece el artículo 271.I, del Código Procesal Civil, ¨ Procederá también cuando en la apreciación de la pruebas se hubiera incurrido en error de derecho…¨ De ahí que el reclamo no es evidente