El demandado contestó manifestando principalmente que la declaratoria de herederos no puede ser considerada desde
El demandado contestó manifestando principalmente que la declaratoria de herederos no puede ser considerada desde ningún punto de vista como relación contractual, por lo que la fundamentación legal de la demanda no es aplicable
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo que cursa de fs
- CONSIDERANDO II
- II.3. Respuesta al recurso de casación
- El demandado contestó manifestando principalmente que la declaratoria de herederos no puede ser considerada desde
- CONSIDERANDO III
- III.2. La improponibilidad objetiva de la pretensión
- Sobre el tópico de la improponibilidad objetiva en el Auto Supremo No
- Conforme a la amplia gama de los aportes doctrinarios y la evolución de la jurisprudencia,
- CONSIDERANDO IV
- En lo relativo a la inaplicación del art
- En lo pertinente al art
- De la lectura del Auto de Vista se advierte que los Vocales anularon la Sentencia,
- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
