Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
Se regula honorario profesional del abogado que responde el recurso en la suma de Bs. 1.000.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo que cursa de fs
- CONSIDERANDO II
- II.3. Respuesta al recurso de casación
- El demandado contestó manifestando principalmente que la declaratoria de herederos no puede ser considerada desde
- CONSIDERANDO III
- III.2. La improponibilidad objetiva de la pretensión
- Sobre el tópico de la improponibilidad objetiva en el Auto Supremo No
- Conforme a la amplia gama de los aportes doctrinarios y la evolución de la jurisprudencia,
- CONSIDERANDO IV
- En lo relativo a la inaplicación del art
- En lo pertinente al art
- De la lectura del Auto de Vista se advierte que los Vocales anularon la Sentencia,
- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
