Auto Supremo AS/0873/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0873/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto


La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista recurrido de casación, por el que declara admisible e improcedente la apelación restringida interpuesta por el acusado Denar Gil Urquieta; por ende, confirmó la Sentencia apelada, en base a los siguientes fundamentos:

Respecto a: 1) Que, no se ha demostrado ni encontrado en posesión de sustancias controladas, que no se ha demostrado a quien ha distribuido, que se trata de una cantidad mínima, que tampoco se encontró sustancias controladas en su domicilio; 2) La existencia de inobservancia o errónea aplicación del art. 51 de la Ley 1008; y, 3) La falta de individualización del imputado -art. 370 inc. 2) del CPP-, que nadie lo individualizó, ni identificó por algún testigo del barrio, pidiendo se dicte una nueva Sentencia por tentativa de Suministro de Sustancias Controladas. Al respecto, fundamenta que el Tribunal inferior efectuó una relación circunstanciada de los hechos, precisando cuales fueron los hechos que motivaron la condena de 9 años por el delito de Suministro de Sustancias Controladas; y al respecto, ha señalado cuáles son los hechos probados que generaron la plena convicción sobre la responsabilidad penal del imputado