Auto Supremo AS/0875/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0875/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Al respecto invocó el Auto Supremo 401/2003 de 18 de agosto, que fue dictado por


Al respecto invocó el Auto Supremo 401/2003 de 18 de agosto, que fue dictado por la Sala Penal de la entonces Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por el delito de Desobediencia a Resoluciones en procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional, que constató que el Auto de Vista recurrido incurrió en ausencia de fundamentación por la vía de la fórmula del “persaltum”, situación por el que fue dejado sin efecto, estableciéndose la siguiente doctrina legal aplicable: “La interpretación innovadora de la norma ante hechos y resoluciones singulares, exigen del Supremo Tribunal imprimir voz al silencio de la Ley Procesal en situaciones como la presente, enalteciendo la primacía constitucional y el resguardo integrador de los derechos fundamentales, carácter mixto o dual que rige en el país en el control de la Constitución, perfilando la decisión de anular el Auto de Vista de la Corte ad quem por ser manifiestamente atentatorio a los derechos y principios consagrados en los arts. 16 y 116-VI de la Carta Fundamental del Estado, configurando "la doctrina legal del perjuicio irreparable de efecto contrario y conjunto que produce en forma ilegal e injusta la resolución judicial impugnada por los querellantes", interpretación que en su cauce constitucional y legal justifica en éste caso "peculiar y único" la aplicación de la regla del "persaltum", reconocida en países como Paraguay, por afectar directamente las garantías del debido proceso razonamientos superiores que motivan la imperiosa necesidad de revisar de oficio aún sin el presupuesto invocado del precedente contradictorio, si de por medio lo que se trata es de salvar la violación al derecho del debido proceso y evitar que se mantengan inalterables resoluciones firmes e injustas