Auto Supremo AS/0875/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0875/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Que la Sentencia en su parte conclusiva referiría que para la aplicación de la pena


II.2. Del recurso de apelación restringida del acusador particular.

Notificado con la Sentencia, Leodegario Ferrufino Mendoza interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos:

Que la Sentencia en su parte conclusiva referiría que para la aplicación de la pena el imputado no era un sujeto reincidente en esta clase de conductas, cuando la reincidencia para ser considerada como tal no se aplica tan solo para el mismo delito; puesto que, el imputado esta investigado por una serie de delitos que salieron a la luz en el presente proceso, que además está purgando sentencia por la comisión de otro hecho delictivo. Que por otro lado, refiere que el imputado es una persona extremadamente terca haciéndolo merecedor de una medalla olímpica, afirmación que le resulta un total contrasentido, resultándole contradictoria la afirmación de que el acusado sería un sujeto físicamente depauperado y de la tercera edad y que en tal razón no correspondía sancionar con el máximo ni con un término medio de la pena, cuando el imputado no presentó ninguna prueba que desvirtúe o atenúe su conducta frente al delito acusado que dilató el proceso por más de cinco años; puesto que, no existe prueba en contrario que haya atenuado la conducta del imputado al extremo de hacerlo merecedor de que se le imponga el mínimo de la condena. Finalmente, el argumento de la sentencia de que la aplicación de la pena mínima obedece a su apariencia “depauperada”, ignorando las declaraciones testificales de la Notaria de Fe Pública y otros sobre la conducta violenta y abusiva con la que fue tratado su persona en las diferentes oportunidades que solicitó la reincorporación y el justo pago de sus beneficios sociales