Auto Supremo AS/0878/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0878/2018

Fecha: 05-Sep-2018

En ese contexto resulta importante puntualizar que, conforme la amplia jurisprudencia nacional desarrollada sobre la

En ese contexto resulta importante puntualizar que, conforme la amplia jurisprudencia nacional desarrollada sobre la base de las disposiciones contenidas en el Código de Procedimiento Civil, respecto del recurso extraordinario de casación y luego a partir del 6 de febrero de 2016 en virtud a la vigencia plena del Código Procesal Civil y la doctrina, dicho recurso constituye una demanda nueva de puro derecho, cuyo contenido debe contar con los requisitos establecidos en el núm. 3, parágrafo I del art. 274 de la Ley Nº 439; que a la letra dice: “Expresar, con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas, especificando en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo en la forma o en ambos”, lo que significa que no es suficiente la simple mención de que la resolución recurrida transgredió determinada disposición legal o principio procesal, sino que necesariamente el recurrente debe demostrar en qué consiste la infracción acusada