Auto Supremo AS/0880/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0880/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el

5. Sobre el planteamiento con referencia a que la demanda realizada por Zenovia Colque contra Sergio Ledezma no incluía a la demandada, es irrelevante al habérsela planteado contra Sergio Ledezma quien otorgó en venta a la demandada, más aun si estaba dirigida a su esposo Osvaldo Claure, al respecto sobre el planteamiento de los causahabientes a título particular se indicó que dicha demanda no tiene carácter interruptivo de la prescripción adquisitiva por la finalidad que conlleva.
Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el art. 220.IV del Código Procesal Civil