Auto Supremo AS/0880/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0880/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Sin responsabilidad por ser excusable

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en 220.IV del Código Procesal Civil, CASA PARCIALMENTE el Auto de Vista de 24 de marzo de 2017 cursante de fs. 598 a 601 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolviendo en el fondo, declara PROBADA la demanda de usucapión decenal de fs. 21 a 22 subsanado de fs. 47, interpuesta por Sergia Carola Ledezma Colque, Zenovia Colque y Abdon Ledezma Colque, las dos primeras por sí y en representación de Moisés Ledezma Colque, Milton Ledezma Colque y Gabriela Ledezma Colque; asimismo Zenovia Colque como curadora ad litem de sus hijas Delia y Yovana Ledezma Colque, sobre el bien inmueble consignado como lote “B”, ubicado en la zona temporal pampa, Distrito 02, Sub distrito 23, manzano 138, calle León Tolstoi esquina Av. Los Robles con una superficie de 266 m2., con matricula N° 3.01.1.02.0039850 (folio a fs. 176) de 29 de agosto de 1996 que pertenece a Silvia Melvy Cabrera Zaconeta, para lo cual el Juez de la causa en ejecución de Sentencia deberá librar las correspondientes ejecutoriales de Ley, manteniendo en lo demás asumido por los de instancia sobre el lote “A”. Sin costas y costos, por la modificación parcial.
Sin responsabilidad por ser excusable