Auto Supremo AS/0909/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0909/2018

Fecha: 13-Sep-2018

De lo expuesto se colige que el demandado, ahora recurrente, acusa la comisión de una

De lo expuesto se colige que el demandado, ahora recurrente, acusa la comisión de una posible incongruencia omisiva por parte de los Vocales suscriptores del Auto de Vista recurrido, en ese entendido, y toda vez que lo denunciado tiene que ver con la estructura formal de dicha resolución, es deber de este Tribunal Supremo de Justicia verificar previamente si lo acusado resulta o no evidente; en consecuencia, una vez realizada la revisión de los fundamentos que sustentan al Auto de Vista SCCII Nº 312/2017 que cursa de fs. 357 a 358, se advierte que en el numeral 2.- del Considerando I., se encuentran perfectamente resumidos los agravios que fueron alegados en el recurso de apelación que cursa de fs. 337 a 340, siendo estos “la errónea fundamentación de la sentencia, la inexistencia de valoración de la prueba y la incongruencia de la parte considerativa con la resolutiva”. Posteriormente se pudo advertir que en el numeral 3.- del Considerando II, los jueces de alzada advirtieron que la pretensión accesoria de daños y perjuicios no habría sido fundada y/o motivada suficientemente en el momento que debió hacérselo, o sea al concluir la audiencia complementaria, pues consideraron que no sería correcto que dicha pretensión sea estimada o desestimada sin dar razones procesales; razón por la cual procedieron a anular la sentencia de primera instancia